EXIMICIÓN DE TASAS PARA AFECTADOS POR LA INUNDACIÓN

Si fuiste afectado por la inundación ocurrida el 16 de mayo de 2025, podés acceder al beneficio de la eximición correspondiente a los meses de junio, julio y agosto, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 3706, artículo 2.

Este beneficio aplica a las siguientes tasas:

Alumbrado, Barrido y Limpieza

Mantenimiento y Conservación de la Vía Pública

Servicios Sanitarios

Inspección de Seguridad e Higiene

Para acceder, deberás presentar una nota solicitando el beneficio por Mesa de Entradas, adjuntando una copia de la tasa correspondiente.